Mediante Resolucion Nº:PJ0252024000169, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en fuerza de las consideraciones expuestas, y Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por la ciudadana: BETSI COROMOTO RODRIGUEZ DE RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.902.114, CARLOS RAFAEL MARCANO ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.924.279, FLORLING COROMOTO ESCOBAR MALDONADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 9.640.445 de este domicilio, representado en este acto por la ciudadana IRIA MARINA MANCILLA MALDONADO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nro. V-9.311.468, y el ciudadano RAFAEL ANGEL GUEVARA TORRES, venezolano, mayor d.....