Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR   la demanda intentada por la ciudadana VILMA  COROMOTO  PEREZ  DE  SOLARTE,  representada  por sus  apoderados judiciales Abg.  MIGUEL  ADOLFO  ANZOLA  CRESPO  y  JOSE  ANTONIO  ANZOLA  CRESPO,  inscritos en el IPSA bajos los Nros. 31.267  y  29.566, respectivamente  contra  la  ciudadana   GLORIA  MALDONADO DE  CAÑON,   representada  por  sus  Apoderadas  Judiciales  MARITZA  E. HERRERA  y  LUZ  BOLIVIA  BADILLO  YEPEZ,  respectivamente,  todos  plenamente  identificados  en  autos.----------------------
	Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil  vigente.----------------------------------------------------------------
	Regístrese y publíquese.----------------------------------------.....