En virtud de todo lo expuesto anteriormente este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial con competencia en delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda: PRORROGAR PERMISO POR RAZONES DE SALUD, al penado ciudadano CARLOS FAUSTINO BRAVO, de nacionalidad Venezolano, 70 años de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 3.420.238, residenciado en el Barrio Pinto Salinas , Calle 12 de Octubre, Casa Nº 7 San Félix Estado Bolívar, el cual consiste en continuar su reclusión en su residencia por un lapso de SESENTA (60) DIAS, debiendo el mismo seguir en cumplimiento de su condena una vez compruebe su plena mejoría y se desvirtué las razones que dieron lugar a este dictamen, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 43, 85 y 172 de la Constancia de la República Bolivariana de Venezuela, Principio 24 de el Conjunto de P.....