este Tribunal acogiéndose a las previsiones contenidas en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes para asegurarle a la ciudadana FLORANGEL JOSEFINA SANTANA IBARRA, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, oficios del hogar, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.909.535, el derecho de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del de cujusJOSE LUIS MAITA MENDOZA