En fuerza de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación de fecha 21/01/09 interpuesta por la parte demandante, abogado JOSE SARACHE MARIN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.92.503, inserta al folio 21 de este expediente, en contra del auto de fecha 19/01/09, dictado por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con motivo de la incidencia surgida en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, incoado por el abogado JOSE SARACHE MARIN, en su condición de apoderado judicial del ciudadano DAVID ALBERTO BERAUN GONZALEZ, en su carácter de presidente de la Sociedad Mercantil “DISTRIBUIDORA.....