REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Jurisdicción Civil
IV.- DECISION (Dispositiva)
Con base a las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas y con fundamento en los artículos 2, 26 y 253 de la Constitución Nacional, los artículos 12, 242, 243, y 640 del Código de Procedimiento Civil 431, 446 ,451, 452, 461, 491 y 492 del Código de Comercio, es por lo que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR en base a la argumentación expuesta en la parte motiva de esta decisión la demanda que por INTIMACION DE SUMAS DE DINERO, fuere incoada por el ciudadano JOSE ANTONIO RAMIREZ BE.....