DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Sin Lugar el Recurso de Apelación de Auto bajo la Modalidad de Efecto Suspensivo, ejercido por la ABG. JAIGLED JAIMES, Fiscal de Flagrancia del Ministerio Público con Sede en Puerto Ordaz, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Penal Del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz, en fecha 10 de Abril de 2015 y debidamente fundamentada en fecha 12 de Abril de 2015, mediante la cual el Juez A Quo Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinales 3º, 8º y 9º del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en Presentación cada quince (15) Días ante la Oficina de Alguacilazgo de Puerto Ordaz, la presentación de Dos (.....