Se DECLARA que el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Sala de Juicio Número 2, es el COMPETENTE para continuar conociendo el presente juicio, intentado por la ciudadana Cecilia Ochoa Menda de Pineda en contra del ciudadano Félix Jesús Pineda Galavis.
Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al mencionado Tribunal, para que una vez recibido éste, continúe la tramitación del mismo.