DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Militar Cuarto de Juicio de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide lo siguiente: PRIMERO: se decreta el Sobreseimiento de la Causa seguida al ciudadano SOLDADO JOSÉ DOMINGO GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 23.890.679, de profesión u oficio tropa alistada, plaza para el momento en que ocurrieron los hechos del 253 Batallón de Infantería Motorizada "Cnel. GENARO VASQUEZ"; domiciliado y residenciado en la calle 5, casa S/N, sector los Cachos, detrás del Sambil, Maracaibo, estado Zulia, por la comisión del delito militar DILAPIDACIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto en el artículo 570 numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar en concordancia con lo establecido en el artículo 435 ejusdem; todo ello en virtud de lo señalad.....