DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: SIN LUGAR, la acción de Divorcio Contencioso intentada con fundamento en las causales segunda, tercera y cuarta del artículo 185 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente, interpuesta por la ciudadana ANAHIS SARAH SILVA DE VANEGAS, contra el ciudadano DANIEL EDUARDO VANEGAS TRIANA, identificados suficientemente en autos. En consecuencia, queda firme el vínculo matrimonial que los une.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza declarativa-constitutiva de la presente acción, sustraída del régimen de las pretensiones de condena.