DECLARO CON LUGAR la solicitud del defensor pública militar, de revisión de las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad impuestas a los ciudadanos Sargento Primero JIMENEZ GONZALEZ PABLO RAFAEL, titular de la cédula de identidad Nº V-17.571.111 y Soldado SUAREZ ACOSTA EDUARDO ANTONIO, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.357.144, quienes se encuentran involucrados en la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS previsto y sancionado en el artículo 570 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar. En consecuencia, con respecto al ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, los imputados deberán presentarse cada TREINTA (30) días ante la secretaría de este Tribunal Militar. En relación a la Medida Cautelar contenida al ordinal 4º del Artículo 256 ejusdem. SE MANTIENE la Prohibición de salida del ámbito jurisdiccional por el territorio. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Militar 10.....