/Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución Nro. 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado JOSÉ LUIS ALVARADO BRACHO, titular de la Cédula de Identidad N° 17.306.458, quien cumplió condena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 452, ordinal 8° en concordancia con el artículo 82, del Código Penal vigente, para la fecha de los hechos, así como las accesorias del artículo 16 del Código Penal, por lo que se ORDENA SU LIBERTAD PLENA de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 44.5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, SOLO POR ESTE ASU.....