DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR LA DEMANDA  intentada  por    la  ciudadana,  DULCE MARIA CORDERO VDA DE EREU,  representada por la Abogada Maria Josefina Macias Chang contra  la ciudadana GRACIELA ROMUALDA CAMACARO, todos identificados en autos, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, y en consecuencia ordena a la parte demandante  restituir a la demandada en la posesión del inmueble arrendado constituido por un local ubicado en la calle 33 entre carreras 32 y 33 Nro. 32-74, Urbanización Antonio José de Sucre, de esta ciudad por un lapso equivalente al tiempo  suspendido, tiempo que deberá empezar a correr  desde  la efectiva  entrega de la posesión  del inmueble por parte de la demandante a la parte demandada y ordena así mismo que el cómputo de dicho lapso  sea realizado por la Secretaría de éste  Tribunal  una vez co.....