Por todo lo antes expuesto, este Tribunal   administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  declara: PROCEDENTE LA PRETENSION, intentada por el ciudadano:  ANGEL GUSTAVO ZUCCHET   RAMONES, representado por el abogado ELIAS HUMBERTO CARRILLO ROMERO, contra la ciudadana: LOURDES SANCHEZ SOTELDO, representada por el abogado LUIS VARGAS, todos identificados en autos.  En consecuencia, se condena a la parte demandada perdidosa  al pago de la suma de Un Millón Cuatrocientos Cincuenta mil bolívares ( Bs. 1.450.000,oo ) que corresponde al monto total de la deuda; al pago de los intereses de mora calculados al ( 5% )  anual desde su vencimiento 24 de agosto del 2.002  hasta la total cancelación de la deuda.  
Se condena en costas a la parte demandada perdidosa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 274 del Código de  Procedimiento civil.
         	Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL .....