DISPOSITIVAESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL No. 01 DE LA SECCIÓN ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA,, DECIDE: Se Admite Totalmente la acusación penal presentada por el Ministerio Publico por el delito DE LESIONES DE MEDIANA GRAVEDA,  previsto en el  Art. 413 del Código Penal y sancionado en la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, así como las pruebas presentadas por ser licitas, necesarias y pertinentes. Acto Seguido la  Jueza  de Control explica a los adolescentes sobre las Formulas de Solución Anticipadas contempladas en la Ley Especial como lo es la Figura de  la Admisión de los Hechos y le  explica en que consiste esta Formula de solución anticipada  así como del Precepto Constitucional  del Artículo 49, Ord. 5º de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela  y se  le pregunto si desea declarar a lo que responden de manera individual: "Si, admito los hechos por los cuales se me acusa. Es todo. Se le concede el derecho de palabra a la D.....