Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar, en funciones de Control Nº 11, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Militar Trigésima Primera y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida por el delito militar de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES en contra del ciudadano LUIS EDUARDO RIVERA VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° V-15.187.922, quién fuera Alistado Guardia Nacional, plaza de la Compañía de Apoyo Nº 1 DEL Comando Regional Nº 1 de la Guardia Nacional Bolivariana, perteneciente al Contingente Mayo-2003, por EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL dada su prescripción, todo de conformidad con lo establecido en el ordinal 3° del artículo 318 en concordancia con el ordinal 8° del artículo 48, ambos del Código Orgánico Procesal Penal,. En consecuencia se deja sin efecto la Orden de Aprehensión dictada contra el mencionado imputado en f.....