´En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: RAMOS ESCALONA YLIAN COROMOTO y MONTESINO LOPEZ MARLON DANIEL, por ante la Prefectura de La Victoria, Municipio José Félix Ribas, del estado Aragua, en fecha 28 de diciembre de 1.995, anotado bajo el acta Nº 202-95, de los Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 1.995, y con INSERCIÓN bajo el acta N° 01, TOMO I-A, AÑO 2002, de fecha 04 de junio del año 2.002, ante el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas La Victoria, del estado Aragua. Durante la unión matrimonial procrearon dos (2) hijos, ya mayores de edad, de nombres: MONTESINO RAMOS MARLON DAVID y MONTESINO RAM.....