D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Militar Undécimo de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE PRIMERO: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo previsto en los Artículos 45, 48 Ordinal 7° y Artículo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, para el Ciudadano VICTOR ALEXIS CHACON CHACON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.708.139, por la comisión del delito militar de ULTRAJE AL CENTINELA, previsto y sancionado en el Primer Aparte del Artículo 502 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se ordena dejar sin efecto la Suspensión Condicional del Proceso dictada por este Tribunal Militar en fecha 20 de Octubre del 2011, en contra del Ciudadano VICTOR ALEXIS CHACON CHACON.
Regístrese, diarícese, y remítase al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar, de conformidad con lo establecido en el Artí.....