DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA CUESTION PREVIA OPUESTA REFERENTE A LA INCOMPETENCIA DEL TRIBUNAL POR LA CUANTÍA, opuesta por la parte demandada ciudadanos RAFAEL BENÍTEZ GODOY y CARMEN LEONOR MENDOZA CAMACHO, en el juicio intentado en su contra por el ciudadano ANTONIO AUGUSTO MARTINS DA SILVA, todos antes identificados. En consecuencia este Tribunal se declara competente para el conocimiento de la presente causa. Se advierte expresamente a la parte demandada que deberá contestar al primer día en horas de despacho la presente demanda, según corresponde para el procedimiento breve.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.