DECISIÓN
En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación y en consecuencia:
PRIMERO: DECLINA LA COMPETENCIA ante el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, por tratarse la presente de una incidencia de oposición a la ejecución de una sentencia dictada en una causa donde la parte demandada es la Alcaldía del Municipio Iribarren del estado Lara.
SEGUNDO: SE ORDENA REMITIR CON OFICIO el presente asunto al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Désele salida.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta decisión para ser agregada al libro respectivo.