DECLARO: PRIMERO: ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados GONZALO HIMIOB SANTOMÉ y MILENA LIANI RIGALL, en su carácter de defensores del ciudadano GENERAL DE BRIGADA (EJ) FRANCISCO VICENTE USON RAMIREZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.439.409, en cuanto a la impugnación de la prórroga acordada por el Juzgado Militar Segundo de Primera Instancia Permanente de Caracas al Fiscal Militar, para presentar acto conclusivo de la investigación, de fecha veintitrés de junio de dos mil cuatro y SEGUNDO: INADMISIBLE en lo referente a la segunda y tercera denuncia, mediante la cual se declaró sin lugar la revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad y la solicitud de nulidad de la orden de apertura Nº MD-SG-2004/222, de fecha diez de mayo de dos mil cuatro.