DISPOSITIVA 
              Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  administrando justicia, en nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por autoridad de la Ley declara PROCEDENTE  la pretensión,  intentada por  el ciudadano:  SALVATORE VITAGLIANO SARNO, representado por la  Abg. Alejandra Rodríguez Alvarez, contra el ciudadano: JESUS ALEXANDER  BERRA CARSSIER, todos  identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia,   se resuelve el contrato de arrendamiento  celebrado entre las partes,  sobre la oficina N° NC8,   ubicada  en la parte norte del Edificio Los Próceres,  carrera 17  entre calles   26 y 27,  Barquisimeto, Estado Lara.   Se condena a cancelar como indemnización por daños y perjuicios la cantidad de Tres Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 3.500.00,oo ), por la falta de pago de los cánones de arrendamientos de los meses de Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, .....