DISPOSITIVA
Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el ABG. RAMON PEREZ LINAREZ, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana RAMONA DEL CARMEN BARRIOS, contra el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 01 de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual en fecha 18 de Junio de 2008 y fundamentada en fecha 03 de Julio de 2008, CONDENO a la referida ciudadana, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de Ley previstas en el articulo 16 del Código Penal Venezolano por la comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el tercer aparte del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y.....