En fuerza de los razonamientos anteriores, este tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA BELKIS RAMONA HERNANDEZ, que corre inserta en los libros de registro civil del año 1969, libro 1, acta N° 184, folio 189 y que corre inserta al folio cuatro (04) del presente expediente, en el sentido de corregir su nombre “BELKYS” siendo esto incorrecto pues, lo correcto es “BELKIS”, asimismo el apellido de su madre el cual quedo asentado en dicha partida como “FOVAR” lo cual es incorrecto siendo lo correcto “TOVAR”, cuyos errores se tratan de subsanar y como en efecto se subsanan.-