Se dictó sentencia declarándose PARCIALMENTE CON LUGAR el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la sociedad mercantil ALLOYS METALS, C.A. contra la Providencia Administrativa Nº USBAD/059/2007 dictada el treinta (30) de noviembre de 2007, por la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES BOLÍVAR, AMAZONAS Y DELTA AMACURO del INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SERGURIDAD LABORALES, mediante la cual resolvió imponerle multa de ciento sesenta y cuatro unidades tributarias (164 U.T.), en consecuencia, se ANULA el acto impugnado sólo en cuanto concierne al monto de la multa impuesta a la recurrente, y se ORDENA a la Administración proceder nuevamente a su cálculo en los términos establecidos en el presente fallo.