En consecuencia de todo lo antes expuestos, éste Juzgado Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: Que HOMOLOGA EL ACUERDO REALIZADO ENTRE LAS PARTES en la presente causa por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL interpuesta por los ciudadanos SIMOZA RAFAEL ANTONIO, JORGE MARTINEZ Y ALFONZO TORRES JAROL LUIS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-498.565, V-9.952.619 y V-15.414.435 respectivamente en contra de la sociedad mercantil SERVICIOS SIDERURGICOS SERSISA S.A.; en consecuencia, se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzg.....