En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide.
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Marco Antonio Aponte, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 48.747, en su carácter de apoderado judicial del accionante Francisco Pineda Pascual, identificado en autos, contra la sentencia definitiva de fecha 8 de Febrero del 2024, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: En virtud de lo precedentemente decidido, se declara Sin Lugar la demanda de desalojo del Local Comercial arrendado por falta de pago de cánones de arrendamiento, incoada por el Ciudadano FRANCISCO PINEDA PASCUAL, de Nacionalidad Española, Titular de la Cédula de Identidad E-81.195151, a través de .....