En consecuencia y cònsono con lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley de Abogados, así como el artículo 286 en aplicación analógica, este Tribunal FIJA COMO HONORARIOS DE LOS JUECES RETASADORES DESIGNADOS EN FECHA 25/04/2017 Y JURAMENTADOS EN FECHA 28/04/2017 ciudadanos ELVIRA DEL VALLE MEJIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-8.943.028, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 124.191, por la parte actora y GEDEL ELIECER GONZALEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad bajo el Nro. V-9.943.289, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 60.760, por la parte demandada, la cantidad de DIECISIETE MIL BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 17.000,00) para cada uno de los jueces retasadores, calculados al 10% del valor total de lo litigado, esto es la cantidad de CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 170.000,00), los cuales deberán ser consignados mediante cheque de gerencia por la par.....