Por todo  lo  antes expuesto,  éste Juzgador   observa que efectivamente,  la parte actora  omitió  lo  concerniente   a los datos y explicaciones  necesarias cuando  se trate de derechos u objetos incorporales;  así como también   una relación clara y  precisa   de los hechos y  fundamentos de derecho en que se basa la pretensión;   por lo cual  dicha cuestión previa  debe   declararse PROCEDENTE. -----------------------------------------------------------
	Regístrese y publíquese.-----------------------------------------------------------
	Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto, a los doce (12) días del mes de Mayo de 2006. Años: 196º y 147º.
                   El Juez,  
 Dr. RAMON EDUARDO FONSECA RIERA.
                                                                        La Secretaria, 
                                                       Dra. NATALI.....