En mérito de las consideraciones expuestas, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medias de los Municipio Piar y Padre Pedro Chien del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa la Transacción, presentada por los Ciudadanos: Rosa Margarita Bermúdez viuda de Suarez, Ezequiel José Suarez Bermúdez, Marinela Suarez Bermúdez y Federico De Jesús Suarez Bermúdez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-3.902.870, V-12.052.211, V-13.216.848, y V-17.068.326, respectivamente, todos de este domicilio, asistidos por el Abogado Jesús Ramón García, ya identificado, y los Ciudadanos: Ayarit Claret Suarez Guerra y Edgar Antonio Suarez Guerra, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-10.574.399, y V-7.956.930, respectivamente, el cual se encuentra debidamente autenticado por ante .....