Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional, incoada por el ciudadano ROBIN EMILIO SUAREZ COLMENAREZ, comerciante individual, propietario único y exclusivo de la firma personal DELIS GOURMET DEL CENTRO, antes identificado, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción judicial del Estado Lara, en fecha 06 de Diciembre de 2011.