En mérito a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Consejo de Guerra de San Cristóbal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO: Absuelve al acusado Sargento Segundo Carlos Eduardo Laguna Rivas, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad No. 18.458.642, de veintidós años de edad, de profesión militar en servicio activo del componente Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, actualmente plaza del Destacamento de Seguridad Urbana de la ciudad de San Cristóbal y con domicilio y residencia en el sector La Floresta, Barrio Simón Bolívar, Casa No. 11-61, Valera Estado Trujillo de la acusación formulada por el Ciudadano Mayor Luis Javier Solórzano González, Fiscal Militar Trigésimo Primero con competencia nacional y con sede en la Ciudad de San Cristóbal, por la presunta comisión del Delito Militar de Abandono de Servicio, previsto en el artíc.....