Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, PRIMERO: LA CONFESIÓN FICTA DE LA DEMANDADA. SEGUNDO: Se declara Con Lugar la presente acción de cobro de bolívares intentada por la Junta de Condominio de las Residencias Cristal Palace, debidamente protocolizado por ante el Registro Mercantil del Segundo Circuito del Municipio Iribarren del estado Lara, en fecha 25 de octubre de 2021,bajo el N° 32, folios 7736, del Tomo 7del año 2021, representada por la ciudadana Erika Cecilia Zambrano Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I. N° 16.139.644, en contra de la ciudadana Karlen Tatiana Lovera Hernández, venezolana, mayor de edad, titular de la C.I. N° 16.270.863. TERCERO: Se condena a la parte demandada, ciudadana Karlen Ta.....