Se autoriza la extensión del horario del horario de ingreso al Centro de Tratamiento Comunitario Dra Nilda Lucrecia Hernández, al penado ALEXANDER SEGUNDO PERDOMO ALMAO, C.I: 12.699.424, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, de 31 años de edad, fecha de nacimiento: 21-09-1976, Casado, Chofer, hijo de los ciudadanos: Blas Perdomo y Aura Almao, domiciliado en carrera 11 entre 12 y 13, casa Nº 11-45, Barrio Los Luises, a dos cuadras del Parque Enricheta Bellone, Barquisimeto, Estado Lara, debiendo el prenombrado penado ingresar a las instalaciones de dicho centro a las ocho y treinta horas de la noche (08:30 pm), de lunes a viernes, toda vez que al referido penado le fuere otorgado el permiso extraordinario de cuarenta y ocho horas por el mencionado centro, a fin de dar cumplimiento a la obligación de pernoctar, tal y como lo señala el Reglamento Interno de Centro de Tratamientos Comunitarios. Segundo: Se ordena oficiar al Centro de Tratamientos Comunitarios Dra Nilda Lucreci.....