En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio de Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.	PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por DESALOJO, intentada por HERNAN JOSE SANTANDER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.260.437, actuando en nombre y representación de la empresa H. S. INVER HOUSE, C.A, debidamente protocolizada ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 10.01.1996, inserto bajo el N° 56, tomo 147-A. CONTRA: la ciudadana BLANCA ESTRELLA CAMACARO ASUAJE, venezolana, mayor de edad,  titular de la  cédula de identidad N° 15.729.648, y  de este domicilio.
2.	SE ORDENA a la demandada la entrega libre de bienes y personas del inmueble constituido por una casa, ubicada en el Conjunto Residencial La Alameda, N° 4, sector Almarriera, Cabudare, Municipi.....