DECISIÒN
Con fundamento a lo procedentemente expuesto y con base a las normas de la Ley, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara: Sin Lugar la solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria, presentada por el ciudadano Alaht Khoues Kovaiss, en contra de la ciudadana Josefina Yanira Vásquez. En consecuencia, se mantiene la pensión de alimentos en la cantidad de de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000,oo) mensuales, a razón de cien mil bolívares (Bs. 100.000,oo) quincenales, mas el 50% de los gastos de educación, medico, medicina, cultura, deporte, recreación, etc., con incremento de doscientos mil bolívares (Bs. 200.000,oo) adicionales en los meses de agosto y diciembre para cubrir los gastos de uniformes y útiles escolares en el mes de agosto y ropa y juguetes en el mes de diciembre. Dicha pensión de alimentos fue fijada mediante s.....