DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: PROCEDENTE, la oposición realizada por la parte actora a la prueba promovida por la parte demandada en el juicio de ESTIMACION E INTIMACION DE HONORARIOS incoado por el ciudadano EDINSON MUJICA MENDOZA contra CONSTRUCTORA QUEIROZ GALVAO, SUCURSAL VENEZUELA C.A SEGUNDO: En consecuencia, se ordena dejar sin efecto el auto de fecha 03/10/2017, específicamente en lo que respecta a la admisión de la prueba de informes solicitada por la parte demandada a la Inspectoria de Trabajo del Estado Lara. TERCERO: Por la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.