DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la apelación interpuesta por el Abg. RITO GULFO ÁLVAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 50.378, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana MARIA RAMONA RODRÍGUEZ, parte actora, en contra de la decisión de fecha 07 de Junio del año 2012, dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, y en consecuencia se RATIFICA la misma, pero con el cambio de motivación.
No hay condenatoria en costas por no haber relación jurídica alguna.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil del Estado Lara, en Barquisimeto a los Once (11) días del mes de Octubre del año dos mil Doce (2012).
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