En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; con fundamento en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 53 del Código Penal y 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, OTORGA al penado MARY CARMEN COLMENAREZ SEQUERA, titular de la Cédula de Identidad No. 18.105.223, LA CONMUTACIÓN DEL RESTO DE LA PENA EN CONFINAMIENTO, por el lapso de pena que le queda por cumplir, es decir, a la presente fecha DOS (02) AÑOS, CUATRO (04) MESES y DOCE (12) DÌAS, que aumentados en una tercera parte dan como resultado TRES (03) AÑOS, UN (01) MES y VEINTICUATRO (24) DÍAS, pena que extingue el 05/12/2014, por lo que la penada deberá presentarse ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia las Cocuizas, Maturín, Estado Monagas, donde cumplirá el confinamiento que es en la dirección siguiente: .....