...En merito a lo antes expuesto, este Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, en virtud de que los acuerdos alcanzados por las partes no son contrarios a derecho y se encuadran a los criterios jurisprudenciales que han sido establecidos por la Sala Social del Tribunal Supremo de Justicia, en el entendido de que dichos acuerdos tienden a garantizar una armoniosa resolución de la controversia a que se refiere el proceso y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes y encontrándose que la manifestación de la representación actora se ha efectuado sin que contenga renuncia alguna a ningún derecho derivado de la relación de trabajo y por cuanto la MEDIACION A SIDO POSITIVA, de conformidad a lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 89 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 1.713 del.....