DISPOSITIVA
Por las razones narradas con antelación, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, administrando Justicia y por autoridad de la ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por la retención de armas realizado por la policía del Estado Bolívar a la Asociación Cooperativa de Protección 2005, Ubicado en el Barrio la Lorena, Calle Principal, Casa de dos (02) plantas de color blanco con amarillo, Nº92, en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, de la cual se presume la comisión del Delito Militar de Sustracción de Efectos Pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, porque no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados de conformidad con lo dispuesto en el Ordinal 4° del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable al caso por mandato expreso de los artículos 20 y 592 del Código Orgáni.....