Se dictó el fallo íntegro declarándose CON LUGAR EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FUNCIONARIAL incoado por el ciudadano JOSE CUPERTINO ALCÁNTARA MILLÁN contra el INSTITUTO NACIONAL DE CANALIZACIONES, en consecuencia, NULA la Providencia Administrativa Nº P-017, dictada el ocho (08) de marzo de 2007 por el Presidente Instituto Nacional de Canalizaciones, que acordó destituirlo del cargo de Almacenista I, adscrito a la División de Operaciones de la Gerencia Canal del Orinoco y se ORDENA: a) La reincorporación del recurrente al cargo que desempeñaba o a otro de igual jerarquía y remuneración y el pago de los sueldos dejados de percibir desde la fecha de su ilegal retiro hasta su efectiva reincorporación, con las variaciones que en el tiempo haya experimentado, salvo aquellos que impliquen la prestación efectiva del servicio, a fin de restablecer la situación jurídica subjetiva lesionada; b) Continuar el trámite para que se realicen las evaluaciones correspondientes.