: Se ADMITE, cuanto a lugar en derecho, el recurso contencioso tributario, remitido mediante oficio No. GRTI/RG/DJT/2008/1222 de fecha 09 de abril de 2008, por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera Tributaria (SENIAT) de la Región Guayana, interpuesto subsidiariamente al recurso jerárquico, ante este mismo órgano por el ciudadano Ramón Antonio Campos Flores, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.035.303, actuando en su carácter de director general de la empresa ICE-CREAM. COM, C.A., asistido por el Abogado Alfredo Alejandro Rivas Odremán, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 51.107, contra la Resolución Nº GRTI/RG/DJT/2008/075, de fecha 11 de marzo de 2008, emanada del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de la Región Guayana.-