DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: conforme al articulo 349 en relación al 347 ambos del Código Orgánico Procesal Penal en acatamiento del articulo 26 Constitucional SIN LUGAR los Recursos de Apelaciones ejercidos el primero de ello por los Abogs. JHONY OSWALDO MORENO y WILLIAN GARCIA, en su condición de Apoderados Judiciales del ciudadano victima JOSE PINTO DE ALMEIDA, y la Segunda Acción de Impugnación ejercida por los Abogados YEIMI DUQUE Y MAGDA SANDOVAL, Fiscales del Ministerio Publico en la causa seguida en contra de los ciudadanos MIRABAL MUÑOZ OSCAR EDUARDO, de nacionalidad venezolana, titular de la cedula de identidad N° 10.566.310, natural de ciudad Bolívar, estado Bolívar, nacido en fecha 04-03-1970, de 41 años, profesión u oficio Ingeniero, hijo de Urania Mirabal (v) y Ramón .....