este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en sede constitucional en nombre de la República por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el presente Amparo Constitucional interpuesto por los ciudadanos CARMEN TERESA MATERA DE MATTIA y MARIO MATTIA DI TROLIO contra las ciudadanas OGLYS GRANADOS y ARCADIA DE MARIN, todos identificados en autos.