Con base a los anteriores razonamientos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
PRIMERO: DECLARAR IMPROCEDENTE por ser manifiestamente INFUNDADO el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JOSE PEREZ CARRERA, en representación de la ciudadana YOMAN DEL CARMEN GUTIERREZ DE ZAMBRANO, contra la decisión dictada en fecha 01 de Diciembre de 2004, por el Tribunal Octavo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Dra. Minerva Parra Montilla, en la que se NEGO LA ENTREGA DEL VEHICULO, marca: TOYOTA, modelo: COROLLA, Año: 1.988, color: BLANCO, Serial de Motor: 4 CILINDROS, Serial de Carrocería: DESVASTADO, Placas: S/P, Tipo: SEDAN, Uso: PARTICULAR.
SEGUNDO: Remitir las presentes actuaciones al Tribunal de origen, a los fines de que sean agregadas al asunto principal.
No se ordena li.....