DISPOSITIVA
	Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  Administrando Justicia, en Nombre de la República  Bolivariana  de Venezuela  y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR  la pretensión  intentada por  motivo del juicio DESALOJO DE INMUEBLE  intentada por  el ciudadano: VITO  ROCCO DI COSOLA,  representados  por los Abogados  EUCLIDES  SEBASTIANI  M  Y JOSE  RAMON  CONTRERAS  contra  el ciudadano: ELIAS  MORENO HIGUERA,   representado por  los abogados:  JESUS  ELIAS  MENDOZA OROPEZA  y MARIA  VIRGINIA  ORDOÑEZ MENDOZA, todos  identificados en autos. En consecuencia: ------------------------------------------
1.	Se  condena al demandado a entregar, libre de bienes y personas, el inmueble constituido por un local comercial, el cual forma parte del Edificio Ángelo, identificado con el N° 28-85, ubicado en la Carrera 21 entre calles 20 y 21, Barquisimeto, Estado Lara, donde funciona el negocio Lampolandia, razón por la que se ordena su desalojo  y que una vez cumpli.....