Este Tribunal, procede a practicar el siguiente cómputo de la sanción impuesta, de conformidad con lo previsto en los artículos 622 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y, artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión del artículo 537 de la precitada Ley Especial. Asimismo, se acuerda la citación del joven adulto, a los fines de imponerlo del referido auto. Notifíquese al Representante del Ministerio Público y a la Defensa. Líbrese las correspondientes boletas.
HECHO PUNIBLE: ROBO AGRAVADO
SENTENCIADO EL : 08-06-2007
SANCION IMPUESTA:REGLAS DE CONDUCTA Y SERVICIOS COMUNITARIOS
LAPSO FIJADO: DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES
EJECUTADA: 18-09-2007
IMPUESTO DE LA EJECUCION DE LA MEDIDA EL : 08-02-2008
FECHA DE CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA: 08-08-2010
LA JUEZ DE EJECUCIÓN (TEMP)
ABOG. INGRID CASTRO BONALDE
LA SECRETARIA DE SALA,
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