Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por  Autoridad de la Ley, declara: 
1-. CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLIVARES ( VIA  INTIMATORIA) intentada por ALEJANDRO MANUEL ALVAREZ LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 74.790, en su condición de Endosatario en Procuración  de la ciudadana: LEDYS JOSEFA MONASTERIOS DE BASTIDAS, mayor de edad, hábil, titular de la cédula de identidad N° 9.527.865, Contra: La Sociedad Mercantil MANTORCA, S.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo, en fecha 18 de Abril de 2.002, quedando anotada bajo el N° 01, tomo 14-A, representada por su Presidente ciudadano  EDGAR JOSE DURAN, mayor de edad, hábil y de este domicilio.   
2-.  Se  condena a la parte perdidosa a cancela la suma de UN MILLON CIENTO SETENTA MIL BOLIVARES, SIN CENTIMOS (Bs.  1.170.000,oo) por concepto de capital adeudado, más los i.....