DECISIÓN
En virtud de las consideraciones previas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA Inadmisible la presente solicitud de exequátur solicitada por el ciudadano MIGUEL MAYOR FRAGUELL y SUSANA PONS RODRIGUEZ, contra la sentencia proferida por el Juzgado de Primera Instancia 1 Igualada, Mila i Fontana, 1 bis Igualada Barcelona España, en el procedimiento de Divorcio por mutuo acuerdo N° 301/2003, con fecha de certificación 26/09/2011.
Publíquese, regístrese y déjese copia de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los once (11) días del mes de Enero del año dos mi.....